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Juzgado de Policía Local

Juez: Manquel Llanos
Dirección: General Lagos Nº 660
Teléfonos:

  • 452598466
  • 452598465
  • 452598464
  • 45 2598467

Celular: 963207626
Email: jplvictoria@victoriachile.cl
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 09:00 a 13:30 Hrs.

El Juzgado de Policía Local es un órgano Jurisdiccional al cual le competen todas aquellas materias a que se refiere la ley Nº 15.231, sobre Organización y Atribuciones en la Comuna y complementada con la ley Nº 18.287.

La función del Juzgado es administrar justicia dentro de la comuna, siendo materia de su conocimiento las siguientes:

  • De las infracciones a las normas que regulan el transporte público por calle y caminos, y el tránsito público.
  • Regulación de daños y perjuicios ocasionados en accidente de tránsito.
  • De las infracciones a las ordenanzas, reglamentos y decretos municipales.
  • De las infracciones a la ley General de Urbanismo y Construcciones.
  • De las infracciones a la ley sobre Rentas Municipales.
  • De las infracciones a la ley sobre Protección a los derechos de los consumidores.
  • De las infracciones a la ley de Copropiedad inmobiliaria.
  • De las infracciones a la ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
  • De las infracciones a la ley sobre Tabacos y Cigarillos.
  • De la legislación sobre Fomento Forestal y ley de Bosques.
  • De las infracciones a la ley sobre conexiones o empalmes Clandestinos a matrices o arranque de agua potable alcantarillado.
  • De las infracciones a la legislación sobre vigilantes privados y guardia de seguridad.
  • De las infracciones a la ley sobre discriminación sobre discapacitados.
  • De las infracciones a la Pesca deportiva.
  • De las infracciones sobre letreros indicativos de nombres de calles.
  • De las infracciones a la ley que crea comisión de Energía Nuclear.
  • De las infracciones a la legislación sobre mantención de pavimentos y pesajes de camiones.
  • De las infracciones a la ley sobre educación primaria obligatoria.
  • De las infracciones a la ley sobre calificación cinematográfica.
  • De las infracciones a la ley sobre Registro de empadronamiento vecinal.
  • De las infracciones a la ley sobre vagancia y mendicidad.
  • De las infracciones a la ley de alcoholes en lo concerniente a consumo de alcohol en la vía pública y manifiesto estado de ebriedad en la vía pública.
  • De las infracciones a la ley sobre venta de boleto de la Lotería y Polla de Beneficiencia.
  • De algunas infracciones a la ley sobre espectáculos públicos, diversiones y Carreras.
  • De las infracciones a la ley sobre guía libre tránsito.
  • De las infracciones a la ley sobre caza.
  • De las infracciones a la norma sobre reajustabilidad y pago de dividendos de deudas habitacionales.
  • De las infracciones a la ley sobre la legislación de combustibles.
  • De las infracciones a la ley sobre las Normas de Crédito a pequeños Empresarios Agrícolas y Prenda Agraria.
  • De las infracciones a las normas sobre división de Predios Rústicos.
  • De las infracciones a las normas de seguridad de Instalaciones y locales de almacenamiento de combustibles.
  • De las infracciones a la legislación sobre la Industria Pesquera y sus derivados.
  • De algunas infracciones a la ley de caminos.
  • De algunas infracciones sobre Protección de Recursos Naturales Renovable.
  • De las infracciones al sistema nacional de áreas verdes silvestres protegidas del Estado.
  • De las infracciones a las normas sobre fomento de la inversión privada en Obras de Riego y Drenaje.
  • De las infracciones a la ley que regula la actividad de los martilleros públicos.
  • De las infracciones a la ley sobre almacenes Generales de depósito.
  • De las infracciones a la ley sobre conducta de discriminación a los enfermos de SIDA.
  • De las infracciones a la ley sobre fuegos artificiales.
  • De las infracciones sobre legislación sobre salvoconductos en mudanzas.
Gravísimas de 1,5 a 3 U.T.M. Graves de 1 a 1,5 U.T.M. Menos graves de 0,5 a 1 U.T.M. Leves de 0,2 a 0,5 U.T.M. Descuento de un 25% por pago anticipado: Artículo 22. La ley dispone rebajar la multa asignada a la infracción graves, menos graves y leves en un 25% cuando el conductor denunciado la paga dentro de los primeros 5 días desde el momento en que la infracción fue cursada.
Artículo 5 ley 18.287. Permite que los denunciados por contravenciones a la ley de tránsito cometidas en lugares alejados, el denunciado podrá concurrir al Juzgado de Policía Local de su residencia a solicitar por medio de exhorto, se recaba la resolución del caso y si corresponde, el envío de la licencia retenida.

Dirección
Lagos N° 680, Ciudad de Victoria, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, Chile.

Horario de Atención
08:30 Hrs hasta las 14:00 Hrs
Mesa Central Fono
45 2598400

contacto@victoriachile.cl

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